
Nuevo «No ha lugar» en contra de Julio Lugo por caso de estafa
Por segunda vez un juez dice que no procede caso del pelotero Julio Lugo contra la esposa de Edwin Baquero. La Octava sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional extinguió la acción penal en favor de Hortensia Sousa de Baquero, acusada de complicidad en estafa contra el pelotero.
Señala su abogada, la Dra. Manuela Ramírez Orozco, que tienen 8 años en el proceso y que estaba prescrito al momento de querellarse; que la querella abusiva, se debe a retaliación del pelotero contra la familia Baquero, ya que el mismo Lugo ha reconocido en todas las instancias que cuando hizo su negociación con Edwin Baquero su esposa e hija no estaban presentes.
La misma suerte esperamos en la Suprema Corte de Justicia contra el gazapo procesal cometido por la segunda sala contra Raquel Baquero. Precisó Ramírez Orozco, recordando que la Novena sala ya había declarado extinta la acción hacen 4 años.
Por este caso en primer grado, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 10 años de prisión en Najayo y a una indemnización de 125 millones de pesos a Edwin Baquero, tras encontrarlo culpable de estafar con 50 millones de pesos al ex pelotero Lugo con la venta de un solar en el Las Praderas. Esta sentencia se redujo a 5 años de prisión por la vía de apelación.
En julio del pasado año La jueza del Primer Tribunal Colegiado, Gissel Méndez, libró de responsabilidad penal a Raquel Baquero por la presunta estafa de 50 millones al pelotero de Grandes Ligas, Julio Lugo.
Pero fue apelada la sentencia y en junio de este año La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, condenó a 10 años de prisión a Raquel Baqueró, tras ser encontrada culpable de participar en la estafa en contra del ex pelotero Lugo, con la venta de un solar por 50 millones de pesos, ubicado en el sector Las Praderas, de esta capital.
Con Raquel Baquero no ha corrido la misma suerte que la madre, no obstante, fueron ambas acusadas bajo el mismo alegato, y luego de haber recibido ambas auto de un no a lugar en primera instancia fue sentencia por la corte de apelación den Distrito Nacional.


